El viernes 7 de mayo de este año, el Tribunal de Garantías Penales de Cotopaxi dictaminó la sentencia de 23 años de prisión a José R., como actor material e intelectual de la muerte de Pablo Córdova Jiménez, suscitada el 24 de junio de 2020 dentro del bar que tenía la víctima en el barrio Eloy Alfaro, además dispuso una indemnización de 30 mil dólares como reparación integral a los familiares del occiso, y una muta al Estado de 800 salarios básicos unificados.
La decisión del Juez no fue aceptada por la defensa del implicado, así lo explica su abogado, Carlos Poveda, quien indicó que apelará la sentencia frente a la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Cotopaxi, y una instancia extraordinaria que es el Recurso de Casación ante la Corte Nacional de Justicia de Quito. “La Ley dice que todas las personas gozan del estado de inocencia mientras no tengan una sentencia condenatoria, en firme o ejecutoriada”, dijo.
La sentencia que recibió el procesado fue dictaminada de manera oral, no se recibe de manera escrita, por tal motivo, la defensa del procesado tiene la oportunidad de presentar aclaraciones o apelaciones a la sentencia, una vez que se obtenga una resolución por escrito. El argumento que prepara la defensa para la apelación y casación es que Reinoso se defendió, ejerció una legítima defensa, en consecuencia, de un intento de violación por parte del ahora occiso.
“El día de los hechos, el señor Córdova intentó abusar sexualmente de José R. y él reaccionó, obviamente con las consecuencias fatales por las que se está investigando. No ha sido la primera vez que se da este altercado y se utiliza esta discoteca para actos ilícitos como consumo de sustancias psicotrópicas y consumo de alcohol”, sostuvo Poveda.
También, argumenta que los actos fueron en defensa propia, “el Tribunal de Garantías Penales no consideró este aspecto”, añadió. Tres psicólogos de la causa, una autopsia psicológica y un informe psicológico adicional, avalarían que Reinoso mantenía una relación en base amenazas con el fallecido desde hace ocho años, según la defensa.
Poveda aseguró que las intimidaciones se habrían extendido a la sobrina de José R., según informes practicados previo al juicio, y también al ambiente laboral del acusado, en vista de que Córdova habría amenazado con publicar en redes sociales la relación amorosa que mantenían en ese momento con el procesado, “esto hubiese afectado al señor Reinoso, por ser militar en servicio activo”, refutó.
“Cuando los jueces se juegan la libertad de una persona, obviamente deben analizar los hechos y el contexto, por ejemplo, si se da en un clima de violencia sexual por tanto tiempo. La Ley contempla el derecho a la Legítima Defensa, pero puede haber exceso de Legítima defensa, queremos que se analice también”, expresó.
A todos estos argumentos, el Abogado incluye que José R. tenía heridas causadas por la víctima, resultado de un forcejeo y riña. “Esto está demostrado por un informe médico legal. Existen casos en los que, mujeres y niñas, han sido violentadas sexualmente y se ha tomado en consideración este contexto, y valiéndose de su legítima defensa han atacado al agresor, ahora no se considera este factor importante porque es una relación homosexual, pedimos que se juzgue bajo el mismo contexto. No fue sancionado con la máxima pena, pero espero que el caso sea revisado para obtener una pena menor”, concluyó Poveda.